Derecho inmobiliario - Desalojos

Recuperación de Inmuebles

Su inmueble es su patrimonio. Cuando alguien lo ocupa sin derecho o deja de cumplir sus obligaciones, actuamos para recuperarlo de forma rápida, ordenada y con todo el respaldo legal.

Acción de desalojo: cuándo procede y qué incluye

La acción de desalojo es el proceso judicial mediante el cual el propietario de un inmueble recupera la posesión del mismo cuando quien lo ocupa no tiene derecho a hacerlo o ha dejado de tenerlo.

Procede en las siguientes situaciones: cuando el inquilino no paga el alquiler y acumula deuda; cuando el contrato de locación venció y el inmueble no fue restituido; cuando hay ocupación sin título ni contrato de ningún tipo; cuando el comodatario —a quien se prestó el bien gratuitamente— se niega a devolverlo; cuando el vínculo que justificaba la ocupación se extingue, como ocurre con el empleado al que se le cedía vivienda como parte de su remuneración y que luego es desvinculado; o cuando el ocupante ingresó al inmueble con el consentimiento de alguien que no era el propietario y que tampoco tenía facultades para otorgarlo. En todos los casos, el camino es judicial: no existe forma legal de desalojar por vías propias.

Nos encargamos del proceso de principio a fin: desde la carta documento de intimación hasta el lanzamiento y la restitución efectiva del inmueble, incluyendo el reclamo de los alquileres adeudados y los daños causados al bien.

¿Qué no puede hacer por su cuenta?

Cambiar la cerradura, cortar los servicios o retirar los muebles del ocupante son acciones ilegales que pueden derivar en demandas en su contra. El único camino válido es la acción judicial de desalojo. Nosotros lo gestionamos para que usted no tenga que intervenir directamente.

Áreas de práctica

El proceso paso a paso

01

Evaluación del caso

Analizamos la situación, el tipo de ocupación y la documentación disponible.

02

Intimación fehaciente

Enviamos carta documento exigiendo la restitución voluntaria del inmueble.

03

Demanda de desalojo

Iniciamos el proceso judicial y solicitamos las medidas cautelares que correspondan.

04

Lanzamiento y entrega

Coordinamos con el juzgado la recuperación efectiva del inmueble.

Lo que más nos consultan

Depende del juzgado que intervenga, la complejidad del caso y la actitud de la parte contraria. En términos generales, un proceso de desalojo puede resolverse entre 6 y 24 meses. Lo asesoramos desde el inicio para entender qué esperar en su caso concreto.

No. Hacerlo constituye lo que la ley llama «vías de hecho», y puede exponerlo a una demanda por daños y perjuicios o incluso a una denuncia penal. Aunque el ocupante no tenga derecho a estar en el inmueble, la única forma legal de recuperarlo es mediante el proceso judicial de desalojo.

Sí. La ausencia de contrato escrito no impide el desalojo. Lo que cambia es la estrategia procesal: en lugar de invocar el incumplimiento contractual, se acredita la falta de título del ocupante para mantenerse en el inmueble. En estos casos la prueba es clave, y lo asesoramos para documentar correctamente la situación desde el inicio.

Sí. El desalojo resuelve la posesión del inmueble, pero puede iniciarse en paralelo o de forma posterior una acción por los daños y perjuicios causados: roturas, deterioro, reformas no autorizadas, instalaciones en mal estado. Para eso es fundamental documentar el estado del inmueble al momento de la recuperación con fotos, informes de peritos o escribano.

Sobre el estudio

La práctica del estudio se centra en el asesoramiento jurídico y la resolución de conflictos en distintas áreas del derecho, con un enfoque orientado a brindar claridad y dirección en situaciones complejas.